Definen control de producción y movilización de medicamentos
Caracas- Por resolución conjunta de los Ministerios de Ciencia y Tecnología, Comercio y Alimentación se publicó en la Gaceta Oficial N 39.928, que circula hoy, los lineamientos del Sistema Integral de Control Medicamentos (SICM) y los criterios que regirán la Guía Única de Movilización, seguimiento y Control de los Medicamentos.
El objeto del SICM será controlar y hacer seguimiento a todos los aspectos relacionados con la cadena de producción, importación y distribución de los medicamentos en el país, bien sea de productos terminados o materias primas. De acuerdo a la resolución, el segundo objetivo del Sistema es “generar los indicadores necesarios a las autoridades competentes para garantizar la disponibilidad oportuna y continua de los medicamentos en todo el territorio nacional”.
La resolución aplica para fabricantes de productos farmacéuticos, productos naturales, casas de representación, droguerías, farmacias comerciales y asistenciales.
Guía de movilización
Todas las personas jurídicas que movilicen medicamentos tanto para la distribución como para la comercialización deberán solicitar la Guía Única de Movilización. Para solicitar dicha guía deberán estar registrados en el SICM, para lo cual deberán obtener un registro sanitario emitido por el Ministerio de Salud.
Los interesados en registrarse en el SICM podrán hacerlo a través de la página Web www.sicm.gob.ve, donde encontrarán los pasos para la tramitación.
Una vez obtenida la Guía, ésta sólo será vaída por un período de siete días y para movilizarse sólo en la ruta que se especifica en la misma. Aquellos que realicen actividades de comercialización de medicamentos sin la respectiva Guía de Movilización serán sancionados de conformidad con la Ley Orgánica de Salud.