
(Foto: ARCHIVO – EL NUEVO DÍA)
Según los resultados del análisis de los investigadores, el valor de los medicamentos en el país podría aumentar entre un 12 por ciento y un 68 por ciento.
De acuerdo con integrantes del centro de Información de Medicamentos de la Universidad nacional, Cimún, los precios de los medicamentos en el país podrían incrementarse entre un 12 y un 68 por ciento a causa del TLC.
Lo anterior porque según los investigadores, “varias de las disposiciones incluidas en el texto del Tratado de Libre Comercio con EE.UU. y su protocolo modificatorio”, son inconvenientes y tendrían efectos negativos sobre el bolsillo de los consumidores.
“Los capítulos de propiedad intelectual de este tipo de acuerdos pueden encarecer los precios de estas tecnologías entre un 12 por ciento y un 68 por ciento, según lo ha determinado el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, Pnud”, cita el comunicado.
Y advierten que es un “hecho que debe tenerse en cuenta en un sistema de salud que, como el nuestro, enfrenta una crisis financiera”.
El problema: las patentes
Según los investigadores citados por la UN, con el Tratado de libre comercio con los EE.UU., aumentarán en número los medicamentos patentados, al “relajar los criterios de patentabilidad”.
Es decir, un mayor número de medicamentos podrían ser patentados con mayor facilidad, lo que incrementaría los costos de los mismos, según los químicos farmacéuticos Miguel Ernesto Cortés, Edna Sánchez y Julián López de la UN.
Los investigadores señalan que para otorgar una patente, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), verifica que la solicitud cumpla con tres criterios: “novedad, altura inventiva y aplicación industrial”.
Frente a la situación, se resaltan apartes del texto del TLC que disponen: “Una parte (el interesado) podrá considerar las expresiones ‘actividad inventiva’ y ‘susceptible de aplicación industrial’ como sinónimos de las expresiones ‘no evidentes’ y ‘útiles’, respectivamente”.
Y continúa: “’Cada parte dispondrá que una invención reclamada es aplicable industrialmente si posee una utilidad específica, sustancial y creíble’ (capítulo 16, numerales 16.9-1 y 16.9-11)”.
Así las cosas, explican, que métodos de diagnóstico y patentes de uso, excluidos de patentabilidad en el país, por decisión de la Comunidad Andina de Naciones, CAN, podrían ser patentadas a raíz del TLC.
SÍNTESIS
En cuanto a la extensión de la duración de las patentes, Julían López, señaló que dicha medida no ha tenido los efectos esperados en el país. La extensión, que sirve de compensación al titular de la patente a causa de “demoras injustificadas en el otorgamiento de los derechos de exclusividad”, habría generado, según un estudio de la fundación Ifarma y Misión Salud, citado en el comunicado de la UN, gastos adicionales para los colombianos cercanos a los 760 mil millones de pesos; unos 396 millones de dólares, durante los 10 años en los que se ha adoptado dicha medida. Asimismo, señala el comunicado de la UN que con la mencionada medida no se ha acelerado el ingreso de medicamentos al país, ni “se presenta como un estímulo a la innovación local, pues ninguna protección fue otorgada para fabricantes nacionales”.
Ejemplos
Dos ejemplos adelantados por el profesor Julián López, ilustran el asunto: “un método de diagnóstico no es susceptible de aplicación industrial. Sin embargo, ciertamente, es ‘útil, sustancial y creíble’. Un nuevo uso de un medicamento ya existente, en general se descubre, no se inventa; por tanto, no cumple con el criterio de “altura inventiva”. No obstante, el solicitante de una patente podría defender que su descubrimiento ‘no es evidente’”. Los dos, métodos de diagnóstico y patentes de uso, podrían ser patentados, según López, debido a la implementación del TLC.