Venezuela

Sundecop extendió registro para el sector medicamentos

Estos costos corresponden al cierre del último periodo fiscal del año 2011 y del primer semestre del periodo fiscal del año 2012.

El Nacional Web 14 de octubre 2012 – 01:29 pm

La Superintendencia Nacional de Costos y Precios (Sundecop) extendió por 30 días hábiles (desde el día 16 de octubre de 2012)el lapso para que los sujetos de aplicación de la Ley del sector medicamentos notifiquen la información contable referida a los costos de producción, importación, distribución y/o comercialización.

Estos costos corresponden al cierre del último periodo fiscal del año 2011 y del primer semestre del periodo fiscal del año 2012.

La Superintendente Nacional de Precios y Costos Justos, designada mediante Decreto N° 8.449, de fecha 07 de septiembre de 2011, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.756, de fecha 13 de septiembre de 2011, resuelve:

PRIMERO: Extender por TREINTA (30) DÍAS HABILES, computados desde el día 20 DE OCTUBRE DE 2012, el lapso a que se refiere el párrafo PRIMERO de la Providencia Administrativa N° 190 de fecha 29 de agosto de 2012, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.998 de fecha 31 de agosto de 2012, para que los sujetos de aplicación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Costos y Precios Justos que produzcan, importen, distribuyan y/o  comercialicen cualquiera de los productos regulados mediante Providencia Administrativa N° 059 de fecha 28 de marzo de 2012, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.894 de fecha 29 de marzo de 2012, notifiquen a la Superintendencia Nacional de Costos y Precios la información contable referida a los costos de producción, importación, distribución y/o comercialización, correspondientes al cierre del último periodo fiscal del año 2011 y del primer semestre del periodo fiscal del año 2012.

SEGUNDO: Los sujetos de aplicación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Costos y Precios Justos que produzcan, importen, distribuyan y/o comercialicen los productos a los que refiere la Providencia Administrativa N° 059 de fecha 28 de marzo de 2012, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.894 de fecha 29 de marzo de 2012, que incumplan la obligación de inscripción y notificación de los respectivos costos de producción, importación, distribución y/o comercialización, a través del Sistema Automatizado de Administración de Precios (SISAP), serán sancionados de conformidad a las previsiones del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Costos y Precios Justos.

TERCERO: La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

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