QUITO,OCT.31(Agencia Ane).- Las medicinas genéricas deberán tener etiqueta a parti del 1 de enero del 2014 o no podrán comercializarse.
La Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) anunció que esta medida se aplicará en base al Reglamento de Registro Sanitario para Medicamentos en General, que señala: “Cuando se trate de un medicamento genérico, es obligatorio que en su etiqueta externa figuren en caracteres legibles e indelebles las palabras ‘medicamento genérico’, con letras mayúsculas, en color rojo, código Pantone Red 032 y con un tamaño superior en un 20%, en relación al nombre del producto”.
Por su lado el Ministerio de Salud Pública monitoreará el cumplimiento de esta obligación y aplicará las sanciones pertinentes, según lo dispone el art. 237 de la Ley Orgánica de Salud, en el que se señala que las infracciones en materia de salud serán sancionadas sin perjuicio de las sanciones civiles, administrativas y penales a que hubiera lugar.
En cuanto a la ublicidad de los medicamentos, genéricos clasificados como de venta libre, no deberán llevar la frase ‘genérico de marca.’porque lo prohibe la Ley Orgánica de Salud, que en el artículo 143 dice: “La publicidad y promoción de los productos sujetos a registro sanitario deberá ajustarse a su verdadera naturaleza, composición, calidad u origen, de modo tal que se evite toda concepción errónea de sus cualidades o beneficios, lo cual será controlado por la Autoridad Sanitaria Nacional. Se prohíbe la publicidad por cualquier medio de medicamentos sujetos a venta bajo prescripción”.