Argentina: Por qué en Mendoza no se pondrá en vigencia la Ley de farmacias
Por encima de la reglamentación nacional que se pondrá en vigencia el 24, la provincia cuenta con una normativa que permite la comercialización de polirubros.
A través de la resolución 1632/13, avalada por el Ministerio de Salud de la Nación, a partir del 24 de enero todas las farmacias del país sólo podrán vender medicamentos y artículos análogos, dejando afuera rubros alimenticios -quioscos-, de regalería y óptica que incorporan algunas farmacias para aumentar las ventas.
Pese a eso, en Mendoza los polirrubros seguirán rigiendo por una normativa especial de la provincia que es discutida desde 2012 por los comerciantes locales que se opusieron a la prohibición.
Desde el Colegio de Farmacéuticos nacional, destacaron que: “En la provincia de Mendoza, en las farmacias no tendrían que hacer pie a esta de aplicación este decreto del Ministerio de Salud de la Nación, salvo que la provincia adhiera o modifique la ley ya vigente en su provincia”.
En tanto el farmacéutico del colegio administra formalmente a este tipo de comercios, también explicó que en el caso de la higiene bucal, con la nueva disposición tampoco se podrá comprar estos productos en los super e hipermercados, porque la ley tampoco permite el expendio en este tipo de comercios.
La resolución nacional es discutida desde 2009 y aunque recién ahora se puso en vigencia. En Mendoza en 2012 la ley provincial ganó por mayoría la aprobación de las modificaciones de las mismas -las cuales ahora resguardo a las farmacias de la medida nacional-, que fija un plazo de 90 días para adecuarse a la nueva normativa, por lo que, la misma entraría en vigencia a partir del 23 de enero en todas la farmacias del país, excepto en Mendoza y Córdoba que son las provincias que no adhieren.
La Modificación provincial
En el año 2010 y en medio del debate por la Ley propuesta por la cartera de Juan Luis Manzur, las entidades farmacéuticas de la provincia propusieron un marco regulatorio en el cual se solicitó el equilibrio entre el mercado comercializador – el cual genera grandes ganancias- y los medicamentos. La propuesta la encabezaron grandes cadenas de farmacias que dijeron verse perjudicadas por la medida.
En la cámara de Diputados provincial, precisamente en la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, los representantes de la dirección Provincial de Farmacias y de diversas entidades que contemplan pequeñas y medianas farmacias, propusieron para realizar modificaciones a la ley de Farmacia 7303/04 , sancionada en 2005 bajo el decreto 959/05
En presentación, Los farmacéuticos solicitaron a los que los diputados aprueben las modificaciones escritas y propuestas que habían presentado.
Y a la vez plantearon su temor ante la posibilidad de que se instale en la provincia una mega cadena de farmacias que constituiría un “monopolio” que atenta contra las pequeñas y medianas firmas provinciales.
La presentación, contemplación y modificación de esta Ley tuvo un gran debate pero finalmente terminó sancionándose en la provincia.
En la misma también da autorizaciones de venta, los cuales están a cargo del propietario del local comercial ,- como la venta de productos de perfumería, plásticos como tetínas y chupetes o artículos de higiene personal como toallas higiénicas, pañales o apósitos – aunque regula una serie de medidas que son similares o parecidas a las de la Ley nacional, en cuanto a higiene del establecimiento y exhibición y ubicación de los productos.
Paralelo a esto desde la Cámara Argentina de Farmacias, explicaron que en cuento a los medicamentos la exhibición y conservación de los medicamento a diferencia de los polirrubros – “existen contemplaciones especificas para la conservación y la venta”.
http://www.mdzol.com/nota/510530-por-que-en-mendoza-no-se-estara-vigente-la-ley-de-farmacias/