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El Salvador: Corte avala creación de Dirección de Medicamentos y regulación de precios

La resolución dice, sin embargo, que es ilegal prohibir la contratación o subcontratación de médicos, odontólogos y veterinarios al interior de las farmacias para prescribir medicamentos.

Aval a la Dirección Nacional de Medicamentos ni en la regulación de precios de las medicinas.

Corte avala creación de Dirección de Medicamentos y regulación de precios

La Corte Suprema de Justicia resolvió que no existe inconstitucionalidad en la creación de la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM) ni en la regulación de precios de las medicinas, pero determinó que si es ilegal prohibir la contratación o subcontratación de médicos, odontólogos y veterinarios para ejercer la profesión al interior de las farmacias con el objeto de prescribir medicamentos.

La Sala establece en su resolución emitida hoy que la mencionada prohibición para contratar profesionales vulnera derechos laborales, la libertad de contratación, el derecho a la salud y la libertad de los consumidores.

La Sala también declaró inconstitucional el artículo 23 de la Ley de Medicamentos que prohibían a las farmacias contratar doctores, ya que vulnera los derechos laborales.

“La prohibición contemplada en el artículo 23 de la Ley de Medicamentos no es necesaria, pues el legislador tuvo que haber considerado otras opciones para controlar la práctica de prescripción y dispensa de medicamentos en un mismo establecimiento farmacéutico por profesionales de la salud”, argumenta la resolución.

Sobre la creación de la Dirección de Medicamentos, la Sala determina que no existe la contradicción alegada por la demandante, respecto a que dicha institución asume atribuciones y competencias asignadas al Consejo Superior de Salud Pública, pues del contenido de los artículos 68 y 69 de la Constitución, se advierte que ambas instituciones son complementarias entre sí.

Por último, la resolución de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema establece que la regulación de precios establecida en la referida ley se mantiene vigente en favor del derecho a la salud de los consumidores