Internacionales

España: Nuevo IVA, golpe a la formulación magistral

El 1 de enero se hace efectiva la subida del IVA de los productos sanitarios. Expertos señalan que el sector tiene, a apenas unos días de su entrada en vigor, dudas sobre cómo aplicar una medida que, matizan, incidirá más en hospitales que en oficinas de farmacia. Eso sí, la peor parte se la lleva la fabricación de medicamentos de uso humano, ya que las materias primas para elaborarlos pasan del actual 4 por ciento al 21 de IVA.

B. G. S. | beatriz.garcia@correofarmaceutico.com

El 1 de enero se hace efectiva la subida del IVA al tipo general (21 por ciento) de los productos sanitarios. En términos generales, los artículos que se dispensan a través de oficina de farmacia se han librado de la subida que ordena Europa, aunque, según trasladan a CFfuentes colegiales, de la distribución y del sector de las empresas de tecnologías sanitarias, hay un alto grado de confusión con la aplicación de la medida a pocos días de su entrada en vigor. Los productos peor parados de la subida que ha planteado Hacienda de cara a la oficina de farmacia son los principios activos y sustancias empleadas en la elaboración de medicamentos y fórmulas magistrales.

Como explica la Agencia Tributaria, en un documento elaborado para aclarar las novedades, “pasan a tributar del 4 al 21 por ciento las sustancias medicinales y los principios activos de los medicamentos para uso humano, así como los productos intermedios para la fabricación de dichos medicamentos”. Esto repercute “directamente sobre las compras que realizan las farmacias para realizar fórmulas magistrales”,  reflexiona Juan Antonio Sánchez, socio y coordinador general de Aspime. “Cuando ahora compren sus materias primas se verán sometidas no sólo al incremento del IVA sino también sobre el recargo de equivalencia”, añade.

Esta misma subida afectaría en la misma medida a los laboratorios a la hora de comprar la materia prima para fabricar los medicamentos. La duda, se plantea Sánchez, es si esta subida “repercutirá” en el precio del fármaco final con el tiempo, porque se trata de un encarecimiento de los costes de fabricación. Hay que recordar que de cara al paciente en la dispensación, estos productos mantendrían el 4 por ciento de IVA, el tipo superreducido.

Esta medida también afecta a las oficinas especializadas en la atención veterinaria. No obstante, señala la Agencia Tributaria, las sustancias y principios activos necesarios para la formulación con destino a uso veterinario estaban hasta ahora sujetos al tipo reducido del 10 por ciento.

CONFUSIÓN Y DUDAS
Fuentes colegiales explican a CF que la subida del IVAha sido motivo de consulta frecuente en las últimas semanas. De hecho, expertos del Consejo General de COF han elaborado una nota informativa que ha sido remitida a los colegios con un listado (ver cuadro) en el que se resumen los cambios. María Aláez, directora técnica de la Federación de Empresas de Tecnología Sanitaria (Fenin), explica que, en general “los productos que se dispensan a través de la oficina de farmacia han mantenido el tipo reducido”. Éstos serían los que “están destinados a pacientes crónicos o los que tienen alguna deficiencia o minusvalía”.

En su opinión, un logro importante ha sido la denominación de “producto farmacéutico, aquél al que se le aplica la nomenclatura combinada (recogida en las partidas arancelarias)” y que “se equipara al medicamento, como gasas, apósitos, ostomía, suturas, etc., pero al tipo reducido”. En términos generales, de cara a lo que se lleva el paciente serán pocos los productos que experimenten una gran subida del tipo;”sólo algunos muy concretos, como tensiómetros o termómetros, que sí que subirán al 21 por ciento porque no entran en ninguna otra categoría”, añade. La mayor parte de la subida, con la que el Gobierno espera recaudar 264 millones, “afecta a los dispositivos médicos que se utilizan en hospitales”, dice Aláez.

¿SOBRE QUÉ DISPOSITIVOS?
Otra de las incertidumbres que todavía no ha sido aclarada es el IVA que tendrán los dispositivos utilizados en la oficina de farmacia para el control de parámetros. Como explica Sánchez, “algunos aparatos para el control de la diabetes o la coagulación, por ejemplo, se mantienen al tipo reducido”. Bajo este paraguas incluye el experto en fiscalidad “todos aquellos útiles o medidores que en la farmacia se adquieren para hacer pruebas para los pacientes de la farmacia” aunque habría dudas con otros “equipos profesionales que sí que suben al tipo general”, explica.

Pendientes de que la Dirección de Tributos aclare dudas

Aunque la norma que legisla la subida del IVA que equipara los tipos a los de Europa se tramitó en verano (ver CF del 28-VI-2014), hace menos de un mes que el Gobierno incluyó una modificación nueva sobre la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido. Esta modificación recoge el listado de productos que se relacionan en un nuevo apartado (octavo) del anexo, que “incorpora productos destinados exclusivamente a personas con discapacidad como aparatos que están diseñados para uso personal y exclusivo de personas con deficiencia visual y auditiva”.

También regula los productos farmacéuticos comprendidos en el Capítulo 30 «Productos farmacéuticos» de la Nomenclatura Combinada, susceptibles de uso directo por el consumidor final”, que quedarían sujetos al tipo reducido del 10 por ciento. Sobre este punto la patronal Fenin ha planteado una consulta vinculante a la Dirección General de Tributos con la que espera resolver todas las incertidumbres.

La subida europea

Listado con los productos, según el tipo impositivo, a los que afecta la subida del IVAque entra en vigor el 1 de enero.

10%

– Gafas y lentes graduadas (y lo necesario para su mantenimiento)
– Órtesis, prótesis y ortoprótesis, sillas, muletas y dispositivos domiciliarios de diálisis y respiratorios
– Gasas, vendas, apósitos, esparadrapos, etc.
– Compresas, tampones, protegeslips, preservativos y anticonceptivos no medicinales
– Medicamentos (uso veterinario)
– Dispositivos de punción, lectura automática de glucosa, administración de insulina y de control de diabetes
– Autocontrol de cuerpos cetónicos y coagulación sanguínea
– Bolsas de recogida de orina, absorbentes de incontinencia (urinaria y fecal)
– Productos de apoyo al aseo, para vestirse y para moverse

21%

– Sustancias medicinales, principios activos y productos intermedios para la fabricación de fármacos (uso humano y veterinario)
– Equipos médicos, aparatos, productos sanitarios e instrumental, de uso médico, hospitalario y veterinario

4%

– Medicamentos (uso humano)
– Fórmulas galénicas, magistrales y preparados oficinales.
– Vehículos para personas con movilidad reducida
– Prótesis, órtesis e implantes internos para personas con discapacidad

En 5 ideas

1. ¿Por qué sube el iva?
Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 17 de enero de 2013 pide a España que equipare los tipos que aplica a los del resto de Europa, más altos.

2. Subida selectiva
La adaptación al IVA europeo se ha planteado con excepciones. De hecho, los productos destinados a pacientes crónicos o con discapacidad, conservan el tipo reducido.

3. Repercusión
La mayor parte de la subida recaerá sobre los dispositivos, equipos médicos e
instrumental que se utilizan en los hospitales y clínicas, que sí suben al 21 por
ciento.

4. Impacto
El Ministerio de Hacienda ha calculado una recaudación de 264 millones por la revisión del IVA. Aunque la patronal Fenin calcula un sobrecoste superior, de unos 500 millones.

5. Incertidumbre
Aunque la subida del IVAse hará efectiva en unas semanas, farmacéuticos y fabricantes siguen teniendo dudas sobre la aplicación de estos nuevos tipos
impositivos.