Chile: Farmacias notifican a sus trabajadores de los cambios en materia de incentivos en la venta de medicamentos
radioagricultura.cl.- Una sorpresa se llevaron hace algunos días trabajadores de distintas cadenas farmacéuticas del país, especialmente aquellos que pertenecen a Farmacias Ahumada cuando a través de una circular se les informaba de una modificación al artículo 100 del Código Sanitaria debido a la puesta en marcha de la Ley Ricarte Soto y que podría influir en sus sueldos.
Una de las reformas tiene relación con los incentivos vinculados al uso de productos farmacéuticos, prohibiendo la práctica denominada comúnmente como “canela”.
La iniciativa cuando fue discutida en el Congreso tenía dos objetivos:
1) Eliminar la frase “que participe en la venta”, contenida en el inciso cuarto del artículo 100 del Código Sanitario, según el texto modificado por la ley N° 20.850, próxima a entrar en vigor, a objeto de ampliar el ámbito de aplicación de la prohibición al incentivo de venta de productos farmacéuticos; y
2) Asegurar, a través de una norma interpretativa, que la prohibición de incentivos que induzcan a privilegiar el uso de determinado producto farmacéutico, constituye una proscripción absoluta, y que el ajuste de los contratos de trabajo de los trabajadores de farmacias ha debido y debe realizarse mediante el procedimiento establecido en el artículo transitorio de la ley N° 20.724.
En la misiva enviada a sus colaboradores por Farmacia Ahumada se hace énfasis en que cumplirán con la nueva normativa en los plazos establecidos.
“En este sentido, al haber entrado en vigencia la Ley “Ricarte Soto”, la empresa se encuentra realizando los pasos necesarios para adecuar la estructura remuneracional a un sistema de compensación que permita continuar otorgando un servicio de excelencia (…) y compense adecuadamente a sus trabajadores que se encuentren involucrados en el proceso de dispensación de medicamentos”, indicó.
De esta forma sostienen que a partir del 4 de diciembre de 2015 pagaran a quienes se desempeñen en el cargo de vendedor multifunción con renta variable, por cada día trabajado el monto garantizado en la Ley de Fármacos o “en caso de ser más ventajoso el promedio diario de la remuneración variable generada por el servicio de dispensación de medicamentos, calculado de acuerdo al promedio de los últimos tres meses”.
Además, aseguran que no sufrirán modificaciones aquello que no tenga relación con los medicamentos.
En la carta firmada por la Gerencia de Operaciones e Inmobiliaria y el subgerente de Recursos Humanos que las modificaciones requeridas serán implementadas a la brevedad.