Venezuela

Establecimientos de estética y tatuajes deberán registrarse ante el Ministerio de Salud

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Por Dayana Chediak-Todos los establecimientos dedicados a la estética humana y donde se realicen actividades de tatuajes y perforaciones deberán poseer registro sanitario del funcionamiento del local, en la cual será otorgado por la Autoridad de Contraloría Sanitaria, este documento tendrá una vigencia de tres años y  los trámites de su renovación se realizaran seis meses antes de su vencimiento

Así lo refleja la resolución del proceso de consulta pública del dicho proyecto, conceptuado en las “Normas de Condiciones Arquitectónica e Higiénico-Sanitaria de los Establecimientos de Estética Humana y los Dedicados a la Práctica del Arte Corporal”, publicado en la Gaceta Oficial del día jueves 27 de octubre del 2016.

El documento expresa que todo profesional que labore en un establecimiento de estética humana, al igual donde se realicen actividades de tatuajes y perforaciones tendrá que poseer exámenes paraclínicos, como serología, VDRL, Hepatitis B y C, con un carácter de actualización de cada seis meses.

El proyecto de resolución tiene el objetivo ofrecer condiciones óptimas para el correcto funcionamiento y de esta manera proteger la salud de las personas, trabajadores, trabajadoras y artistas, además el Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria Adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Salud ejercerá las actividad de inspección, vigilancia y control.

Entre las normativas se encuentran que el personal de los centros de estética humana deben estar capacitados y los productos a utilizar con su correspondiente etiquetado, del mismo modo detalla que la realización y venta de formulaciones cosméticas en estos establecimientos están sometidos a cumplir con las normativas sanitarias vigentes que las regulen.

Por otra parte los artistas del tatuaje y la perforación deben estar registrados en el Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria, en la cual acceden al portal de dicha institución y entre la documentación solicitada se exige la certificación de haber realizado un curso básico de primeros auxilios, además las personas que posean una enfermedad infecto contagiosas no podrán realizar estas prácticas.

Al ser aprobado dicho proyecto la resolución N° 064 publicada en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 37.144 del 20 de febrero del año 2001, dejara su vigencia , en la cual los establecimientos tendrán un lapso de doce meses para adecuarse a la nueva normativa.

Descargar (PDF, 4.51MB)

 

 

Origen:Proyecto de resolución para que estéticas laboren bajo registro sanitario

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