Por Dayana Chediak
El Servicio Autónomo de Contraloría Sanitaria Nacional (SACS), ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Salud, emitió una circular N° SACS-DIAB 001625 en su página web, con fecha de publicación del día 4 de julio del año 2017, donde estipula que los laboratorios farmacéuticos nacionales fabricantes de productos alimenticios deberán solicitar permiso sanitario a esta entidad.
La circular específica que los laboratorios fabricantes, casa de representación y todos aquellos establecimientos que se dediquen a la elaboración, envasado, distribución, comercialización y expendan productos alimenticios, deben solicitar permiso sanitario del el establecimiento tipo I y III.
El permiso sanitario del el establecimiento tipo I está basado en la industria para los laboratorios nacionales que se desempeñan en la fabricación de alimentos, las permisología tipo III está destinada a lo que corresponde al almacenamiento y depósitos de alimentos para todas las casa de representación que desean importar, resguardar y distribuir los productos alimenticios
Los laboratorios farmacéuticos que se desempeñen en esta área deben obtener dicha permisología, por ello deben dirigirse al portal de la contraloría sanitaria e ingresar al Sistema Autorizado de Control y Vigilancia Sanitara (siacvisa), e indicar el lugar o ubicación donde se elabora el alimento para solicitar el permiso sanitario correspondiente.