Venezuela

Aprobado: Permiten vender medicamentos sin su caja

AT Medios

La Gaceta Oficial 41.541 difundió la Resolución de no incorporar el empaque secundario a los medicamentos, además del lineamiento que deben seguir los laboratorios, casas de representación, importadoras del sector público y privado, con respecto a la información de medicamentos, con el fin  de dar a conocer el estatus real de los productos terminados o disponibles de manera diaria.

La Resolución N°002 que difunde la medida de la eliminación del empaque secundario de los medicamentos, tiene por objeto propiciar la producción nacional de medicinas esenciales, por ello se estableció el lineamiento a los fabricantes, bajo previa aprobación de la comisión AD HOC, conformada por dos miembros del Servicio Autónomo de la Contraloría Sanitaria (SACS) y del Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología, Reglamentos Técnicos (SENCAMER), que deberá emitirse en un lapso no mayor de 72 horas.

Al aprobarse esta medida, la Comisión  AD HOC debe notificar al Ministerio de Comercio Nacional, para establecer la estructura de costos de los medicamentos que sufrieron cambios en la eliminación del empaque secundario.

La medida exonera los productos psicotrópicos y estupefacientes,  además de aquello medicamentos con rango terapéutico estrecho y a riesgos, todo de acuerdo a la decisión de la Comisión.

La Resolución también notifica, que los fabricantes deben informar al Ministerio de Salud, del contenido del prospecto de aquellos medicamentos que no tengan su caja, para que sea publicado en la página web del SACS. Además esta médica difundida en Gaceta tendrá dos años de vigencia.

Cabe destacar, que antes de ser publicada esta Resolución en Gaceta Oficial, ya muchas farmacias están dispensando medicamentos sin su caja.

Por otra parte, La Resolución N° 003 de esta misma Gaceta, notificó que los laboratorios, casas de representación, importadoras del sector público y privado, deberán reportar de manera diaria, el estatus de los productos farmacéuticos terminados al Sistema Integral de Control de Medicamentos (SICM).

Esta medida tiene como finalidad, de obtener la situación real de los medicamentos, además los laboratorios, casas de representación, importadoras del sector público y privado deben cumplir con el proceso del reporte diario.

Estas Resoluciones entran en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial.

Descargar (PDF, 542KB)

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