El gobierno cubano anunció la prórroga de los beneficios aduaneros que permiten importar alimentos, medicinas y productos de aseo a Cuba sin fines comerciales exentos del Impuesto Aduanero, una medida que busca aliviar la escasez persistente de productos básicos en la isla.
Las medidas entrarán en vigor a partir del 1 de febrero de 2026 y se mantendrán mientras persistan las condiciones que motivaron su aprobación, según indican las disposiciones publicadas en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 7.
De acuerdo con los documentos oficiales, la prórroga se debe a la continuidad de las limitaciones en la oferta interna de estos productos esenciales, asociadas a factores económicos externos y a los efectos acumulados de la pandemia de COVID-19, lo que ha llevado a las autoridades a mantener el tratamiento excepcional.
¿Qué cambia y qué se mantiene?
Las disposiciones ratifican que los pasajeros pueden importar alimentos, artículos de aseo, medicamentos e insumos médicos sin límites de valor en el equipaje acompañado y exentos de impuestos.
En el caso del equipaje no acompañado, se mantiene el tope de 500 dólares o su equivalente en peso, con un máximo de 50 kilogramos, también libre del Impuesto Aduanero.
Como condición operativa, los productos de alimentos y aseo deben presentarse separados de los medicamentos e insumos médicos ante la aduana para que el beneficio sea aplicado correctamente.
En el caso de los alimentos, el gobierno cubano aprobó un incremento del límite del valor en aduana. Por tal motivo, para los envíos no comerciales, el límite general del valor en aduana se incrementa de 200 a 500 dólares.
Se conserva la exención del impuesto para los primeros 30 dólares o 3 kilogramos, y para el exceso se aplica una tarifa del 30%.
En el caso específico de envíos que contengan alimentos, productos de aseo, medicamentos o insumos médicos, se ratifica la importación exenta de impuestos hasta 200 dólares o 20 kilogramos, siempre que el envío incluya únicamente estos artículos.
Las normas establecen que cualquier eliminación de estos beneficios deberá anunciarse con al menos 30 días de antelación.
Las disposiciones también mantienen el tratamiento especial para la importación, por envíos y sin fines comerciales, de plantas eléctricas de más de 900 watts, aplicando un gravamen del 30% al exceso del valor permitido. A diferencia de otras medidas, este beneficio no tiene una fecha de cierre definida.
En paralelo, se ratifica la autorización excepcional para importar medicamentos en envases originales e insumos médicos esenciales como jeringuillas, guantes, mascarillas, pañales desechables, oxímetros y prótesis sin impuestos y sin el antiguo límite de 10 kilogramos establecido en regulaciones anteriores.
Por qué estas importaciones son clave para Cuba
Las importaciones personales y los envíos desde el exterior se han convertido en un canal fundamental de abastecimiento para miles de familias cubanas. En un contexto de escasez, precios altos y limitaciones en la producción y la distribución, estos mecanismos permiten cubrir necesidades básicas que el mercado estatal no logra satisfacer de manera estable.
Alimentos, medicamentos y productos de aseo que entran al país por esta vía no solo alivian la carga cotidiana de los hogares, sino que también reducen la presión sobre el sistema de salud y el consumo interno, convirtiéndose en un factor relevante y de supervivencia en la vida diaria de la población.
