Incluye compromisos clave para modernizar el sistema de patentes, entre ellos la adhesión al PCT y la derogación de criterios restrictivos de patentabilidad.
El 5 de febrero de 2026, los Estados Unidos y la Argentina firmaron un acuerdo de comercio e inversiones recíprocas. Además de reducciones significativas en las barreras comerciales, el acuerdo contempla compromisos asumidos por la Argentina para modernizar y seguir alineando su marco de propiedad intelectual con los estándares internacionales. En particular, el acuerdo incorpora diversas disposiciones orientadas a fortalecer y mejorar el sistema de patentes argentino.
En primer lugar, la Argentina se comprometió a adherir al Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), mediante la presentación del tratado ante el Congreso para su consideración y ratificación antes del 30 de abril de 2026.
Asimismo, la Argentina asumió el compromiso de introducir cambios sustanciales en sus criterios de patentabilidad. En particular, el acuerdo establece que la Argentina derogará sus lineamientos restrictivos de patentabilidad aplicables tanto a invenciones farmacéuticas (Resolución Conjunta Nº 118/2012, Nº 546/2012 y Nº 107/2012) como a invenciones biotecnológicas (Resolución Nº 283/2015). Estos cambios representan un paso trascendental hacia un marco de patentabilidad más previsible y alineado con los estándares internacionales en estas áreas tecnológicas clave.
En materia de protección de datos regulatorios, la Argentina se comprometió a analizar la viabilidad de implementar un régimen de protección de datos conforme a los Artículos 20.45 y 20.48 del Acuerdo Estados Unidos–México–Canadá.
El acuerdo también incorpora obligaciones importantes destinadas a abordar las demoras en el proceso de concesión de patentes. En este sentido, la Argentina asumió el compromiso de adoptar medidas expeditivas para reducir significativamente los plazos de tramitación de las solicitudes de patentes, en particular en el ámbito de las invenciones farmacéuticas y biotecnológicas.
Finalmente, la Argentina se comprometió a adherir a varios tratados internacionales adicionales de especial relevancia para el ecosistema de patentes e innovación, mediante la presentación al Congreso para su consideración y ratificación antes de fines de 2027, entre otros, de los siguientes tratados:
• el Tratado de Budapest sobre el Reconocimiento Internacional del Depósito de Microorganismos a los Fines del Procedimiento en materia de Patentes;
• el Arreglo de La Haya relativo al Registro Internacional de Dibujos y Modelos Industriales;
• el Tratado sobre el Derecho de Patentes; y
• el Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV), conforme al Acta de Ginebra de 19 de marzo de 1991.
Estos compromisos representan un paso imprescindible para alinear el sistema de patentes argentino a los estándares internacionales y para fortalecer la seguridad jurídica y la protección de la innovación.
Estamos siguiendo de cerca estos desarrollos y continuaremos manteniendo informados a nuestros clientes a medida que se conozcan nuevos detalles sobre la implementación de estos compromisos.
Origen: Acuerdo EE.UU. – Argentina: Punto de Inflexión para Patentes
