Por CAS Madrid
El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad estudia una lista de un centenar de fármacos, ahora de dispensación ambulatoria en los hospitales, que podrían pasar a las farmacias y por tanto al copago para todos los ciudadanos.
| El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad estudia una lista de un centenar de fármacos, ahora de dispensación ambulatoria en los hospitales, que podrían pasar a las farmacias y por tanto al copago para todos los ciudadanos, si bien los crónicos y ciertos enfermos graves tienen un límite de 4,15 euros por receta. | ||
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En los últimos años, los medicamentos han seguido el proceso inverso. La necesidad de rebajar la factura por receta hizo a la Administración transferir al hospital algunos fármacos caros y de distribución tradicionalmente en oficinas farmacias. Pero la crisis financiera en las autonomías y la introducción del copago según la renta auguran un camino de vuelta para algunas medicinas que los pacientes ambulatorios obtienen hasta ahora gratuitamente en los servicios hospitalarios.
Tratamientos oncológicos
Al menos eso es lo que se trasluce del estudio que abordan los servicios de Farmacia del Ministerio de Sanidad sobre una lista de hasta 108 presentaciones farmacéuticas y que ha proporcionado a ACTA SANITARIA (v. Documento adjunto), muchas de los cuales llevan menos de un año clasificadas como de uso hospitalario y que en breve podrían pasar a la oficina de farmacia con sus correspondientes copagos. Entre ellos figuran varias modalidades de productos para tratamientos oncológicos como el Glivec, Rivavirina, Iressa o Xeloda. “Se está considerando si mantienen su actual consideración o se obtienen en las farmacias”, confirma un portavoz ministerial.
Desde el Ministerio se insistió el pasado martes a través de una nota de prensa en que el Sistema Nacional de Salud cuenta con el sistema de aportación reducida (4,13 euros como máximo) para garantizar el acceso a medicamentos para enfermedades graves o crónicas, sean de dispensación hospitalaria o de oficina de farmacia. Como también, que están totalmente exentos de aportación los pacientes a los que se receta medicamentos denominados de uso hospitalario. Es el caso de todos los antirretrovirales contra el VIH/sida, y en la misma situación están otros, como el interferón beta o los anticoagulantes.
Equiparación de recetas por decreto
El intento de aclaración ministerial -que añadió más confusión- se produjo a última hora de la tarde del martes, a la vista de la alarma creada por la insólita introducción en el Real Decreto-ley de medidas de consolidación y garantía del sistema de la Seguridad Social (BOE 1 de diciembre), junto a la revalorización de las pensiones y las prestaciones por desempleo, de una disposición que equipara la receta médica con la orden de dispensación hospitalaria. “Se entiende por prestación farmacéutica ambulatoria la que se dispensa al paciente mediante receta médica u orden de dispensación hospitalaria a través de oficinas o servicios de farmacia”, dice el redactado que modifica una ley de 2006.
Según el Ministerio de Sanidad, “el principal objetivo de la modificación de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos es avanzar hacia la implantación de la receta electrónica en todo el Sistema Nacional de Salud”, argumento que no ha convencido a buena parte de responsables políticos: ni por la forma en la que se ha producido; ni por el fondo de sospecha de que la medida derive en algún copago hospitalario añadido en un futuro.
De momento lo que parece aclarado es que los pacientes ingresados no pagarán por sus medicinas; que algunos graves de carácter ambulatorio seguirán obteniéndolos gratis en los servicios de farmacia de los hospitales, (que no se convertirán en cajeros) y que otros tendrán que abonar su parte correspondiente en la farmacia, si siguen saliendo de la botica hospitalaria los productos que hasta ahora obtenían de forma gratuita.
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