TSJ insta a la AN a revisar la ley de Propiedad Intelectual
Abogados creen que el régimen común de la CAN era más apropiado (Créditos: Archivo)
11/07/2012 03:41:06 p.m. | Sharay Angulo.- 56 años tiene la legislación vigente en materia de propiedad intelectual, derechos de marcas y patentes. Se retomó en 2008, tras la salida del país de la CAN.
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) instó el pasado 4 de julio a la Asamblea Nacional (AN) “a revisar la legislación vigente en materia de propiedad intelectual, a los fines de adecuarla al alcance y contenido del artículo 98 de la Constitución Nacional,bajo el principio de progresividad de los derechos humanos”.
La Ley de Propiedad Intelectual que actualmente está vigente es de 1956, por lo que no se adapta a la realidad internacional actual y juristas expertos en el tema aseguran que está “obsoleta”.
Esta normativa volvió a aplicarse en septiembre de 2008, luego de que el Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (Sapi) publicó en prensa que las normas aplicables en la materia son las de la Ley de Propiedad Intelectual.
Desde 2000 y hasta ese momento se aplicaba la Decisión 486 de la Comunidad Andina (CAN), que contiene el Régimen Común sobre Propiedad Industrial, según recordó el abogado Ricardo E. Antequera, socio de Antequera, Parilli y Rodríguez.
“La comunidad de propiedad intelectual tenía la esperanza de que el TSJ restableciera la normativa andina, porque es de avanzada, está en sintonía con el mundo y para cumplir con las disposiciones de la Organización Mundial de Comercio“, dijo.
Adiós al acervo legal andino
Adiós al acervo legal andino
La decisión del TSJ surgió como respuesta a un recurso de interpretación del artículo 153 de la Constitución, que interpusieron en 2006 dos personas naturales y la Asociación Venezolana de Exportadores (Avex). El objeto del recurso fue “determinar si las normas que se adoptan en el marco de los acuerdos de integración se incorporan al ordenamiento jurídico nacional y si, por ende, las normas adoptadas por los órganos de la CAN en el marco del Acuerdo de Integración Subregional Andino, se encuentran vigentes en nuestro país”, con ocasión de la salida en 2006.
Al respecto, la Sala Constitucional determinó que desde el momento del vencimiento de los respectivos plazos, tras la denuncia de la CAN, “cesaron para Venezuela los derechos y obligaciones generados en el marco de la integración andina, lo cual se extiende a todas aquellas normas que se adoptaron en el marco de los acuerdos de integración”.
Como consecuencia de ello, el TSJ instó a la Asamblea Nacional a revisar la Ley de Propiedad Intelectual.